Ministra (s) Sanhueza detalla medidas de alivio económico y tributario incluidas en Plan de Recuperación y Ayudas Tempranas para personas afectadas por incendios
La condonación de multas e intereses por impuestos impagos en las zonas afectadas puede llegar al 100% y la retasación de bienes raíces se realizará a solicitud del contribuyente, lo que reduciría el pago de contribuciones.
La ministra (s) de Hacienda, Claudia Sanhueza, detalló hoy las medidas de alivio económico y tributario incluidas en el Plan de Recuperación y Ayudas Tempranas, que contiene 13 grandes ejes con un presupuesto inicial de $35 mil millones.
“En este contexto de emergencia, además de continuar enfrentando los incendios, estas medidas son importantes para entregar un apoyo inmediato en aquellos aspectos de primera necesidad que tengan las personas y empresas, en particular a las Mipymes, que se vieron afectadas. Pero es importante relevar que estas no serán las únicas ayudas, ya que posteriormente vendrá la etapa de reconstrucción”, señaló la autoridad, quien explicó que las 10 iniciativas incluidas en este eje serán implementadas principalmente por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR).
La primera medida de alivio económico y tributario beneficia a los contribuyentes de las zonas afectadas por los incendios que tengan impuestos impagos, porque se establece la condonación de multas e intereses, la que según la ministra (s) Sanhueza puede llegar al 100% del valor.
Además, se incluyen facilidades de pagos que implican la posibilidad de firmar convenios especiales que permiten reprogramar el total de la deuda en hasta 48 cuotas.
En el caso de aquellos contribuyentes de las zonas afectadas con procesos de cobranza judicial de impuestos, se extenderá el plazo para que puedan regularizar su situación y evitar remates de sus bienes. Cabe destacar que, para aquellos que regularicen sus deudas a través de convenios especiales, se suspenden definitivamente los cobros judiciales.
En el paquete de medidas de alivio económico también se amplía el periodo para declarar el IVA (formulario 29) y otros impuestos mensuales (formulario 50). También los contribuyentes podrán solicitar la retasación de bienes raíces afectados en las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía. “Esta medida faculta al SII para que pueda modificar el avalúo fiscal de bienes de raíces afectados por los incendios y, de esa manera, reducir al pago de contribuciones, ya que el impuesto territorial se cobra sobre el valor del avalúo fiscal. La reducción dependerá de las condiciones del bien raíz en cuestión”, explica la autoridad.
Relacionado con lo anterior, se establece la postergación del pago de la primera y la segunda cuota del impuesto territorial (contribuciones) de las zonas afectadas y la suspensión del cobro automático de este tributo a contribuyentes de las regiones impactadas por los incendios que hayan sido sancionados por infracciones tributarias específicas.
En el caso de las donaciones, la ministra (s) Sanhueza planteó que una de las medidas busca agilizar este proceso en las zonas afectadas. “Actualmente las donaciones de empresas o personas naturales involucran una serie de pasos administrativos para hacer efectivos los beneficios tributarios para el donante. Esta medida busca acelerar dichos procesos, priorizando aquellos asociados a donaciones que sean destinadas a la emergencia y la reconstrucción”, señala. Adicionalmente, quedarán exentos de pago de impuestos aquellos servicios de contribuyentes domiciliados en el exterior que estén directamente relacionados con las labores de ayuda para enfrentar la emergencia, como por ejemplo el arriendo de aviones para el combate de los incendios.
También, para agilizar los procesos de internación de productos y materiales para el apoyo a las familias afectadas, se establecerá una exención de impuesto aduanero que permitirá importar las mercancías sin previo pago de todos o algunos gravámenes (derechos e impuestos). La autoridad precisó que los beneficiarios de esta medida son entidades gubernamentales, municipalidades, instituciones de beneficencia o asistencia social, establecimientos de enseñanza pública y particular (siempre que sean universidad reconocidas por el estado o entidades que no persigan fines de lucro), Bomberos y Brigadistas extranjeros respecto de sus útiles de trabajo.
Así también se contempla apoyo para las micro, pequeñas y medianas empresas siniestradas. El Plan de Plan de Recuperación y Ayudas Tempranas crea un procedimiento especial para que se pueda informar la pérdida de existencias de inventario, libros de contabilidad y otros documentos tributarios. “Esta situación provoca que dichas empresas no puedan cumplir con los procesos asociados a las obligaciones tributaria, pudiendo caer en incumplimiento y arriesgar posibles sanciones. Esta medida busca, a través de trámite administrativos del SII, evitar que las Mipymes afectadas caigan en una infracción”, señala la ministra (s) Sanhueza.
Para más información y detalles de cada una de las medidas visita http://www.gob.cl o llama al 800 104 777 para resolver tus dudas.