Martes, junio 3, 2025

Personas beneficiarias de leyes de reparación de 82 o más años ya pueden solicitar la PGU

  • Con la nueva Reforma de Pensiones, quienes tienen una pensión de reparación o de gracia también podrán acceder al monto máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU), en fechas determinadas según sus tramos de edad, siempre y cuando cumplan los requisitos. El primer grupo, de 82 o más años, puede ingresar su solicitud desde este mes de junio, para recibir en septiembre su pago.
  • Las solicitudes se hacen en www.chileatiende.cl o en sucursales ChileAtiende.

La Reforma de Pensiones continúa avanzando. El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que los beneficiarios y beneficiarias de leyes de reparación y pensiones de gracia que tendrán 82 años o más cumplidos al 1 de septiembre de 2025 pueden ingresar desde este mes de junio su solicitud de Pensión Garantizada Universal (PGU). Esto permitirá evaluar con anticipación sus antecedentes -de acuerdo con lo instruido por la Superintendencia de Pensiones- para que reciban su pago en septiembre si cumplen con los requisitos. Previo a realizar la solicitud, estas personas deben contar con su Registro Social de Hogares.

Hasta hoy, la mayor parte de quienes reciben beneficios de reparación no tienen la PGU. Solo acceden a una parte de ella, en muy pocos casos, cuando su pensión de reparación (Exonerados, Valech o Rettig) o de gracia es menor al monto máximo de la PGU. Desde ahora, con la Ley N°21.735, si cumplen todos los requisitos podrán recibir el monto completo del beneficio -$250.000 mensuales-, según un calendario por tramos de edad.  

Cabe recordar, además, que en el mismo mes de septiembre la PGU subirá a $250.000 para todas las personas de 82 o más años que ya la estén recibiendo, sin necesidad de hacer una solicitud.  Para los demás grupos de edad, hay un calendario que culmina el 2027.
 


Personas con beneficios de reparación: ¿cuándo solicitar la PGU según su edad?


Una persona con pensión de reparación o de gracia que no tiene la PGU puede hacer su solicitud en las siguientes fechas según su edad: 

Edad exigida a septiembre de cada año

Fecha desde la que se puede presentar solicitud de PGU (pensiones de reparación)

Grupo 82 años o más

 Junio 2025

Grupo 75 años o más

 Junio 2026

Grupo 65 años o más

 Junio 2027

 

En este contexto, habilitamos un servicio de autoconsulta para que, al ingresar su RUN y fecha de nacimiento, estas personas puedan saber desde cuándo pueden hacer su solicitud de PGU. Este servicio se encuentra disponible en www.chileatiende.cl, en www.ips.gob.cl  y a través del Call Center 101. También puedes consultar acá.

¿Qué pasa si una persona ya recibe una parte de la PGU?

Las personas de 82 años y más con beneficios de reparación o pensiones de gracia que ya reciben un complemento de PGU no necesitan hacer una solicitud. El monto de su PGU se les reajustará de forma automática a partir de septiembre de 2025.

Requisitos

Más allá de contar o no con un beneficio de reparación, para obtener la PGU se deben cumplir algunos requisitos. Entre los principales figuran: no integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población del país (esto se determina en el IPS), tener una pensión base menor o igual a $1.210.828 (no se considera como parte de la pensión base el beneficio por ley de reparación) y acreditar al menos 20 años de residencia en Chile desde los 20 años de edad, y 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha de la solicitud.

¿Dónde se solicita la PGU?

El IPS ha habilitado distintas maneras de solicitar el beneficio:

En sucursales ChileAtiende.
Por Internet: en www.chileatiende.cl con ClaveÚnica.
Por Videoatención: conectando con un ejecutivo en www.chileatiende.cl mediante una videollamada a través del teléfono o computador.


En caso de requerir mayor orientación, se puede llamar al teléfono 101 o al 600 440 0040.
 

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