Reforma de Pensiones: Comisión de Hacienda del Senado vota primeros artículos y Gobierno presenta nuevas indicaciones
- Comisión continuará trabajando este viernes desde Santiago.
- Marcel: “Es muy importante que nuestro sistema político sea capaz de generar reformas importantes que el país necesita”.
- Jara: “Nuestro interés como Ejecutivo era dar pasos significativos y con esta primera votación, se va avanzando”.
Este jueves, la Comisión de Hacienda del Senado votó los primeros artículos de la Reforma de Pensiones, luego de que el Gobierno presentara un nuevo paquete de indicaciones, cuyo objetivo es recoger algunas de las observaciones realizadas por el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) en su presentación de este miércoles respecto a la sostenibilidad fiscal. A la sesión asistieron los ministros de Hacienda, Mario Marcel; de Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; los subsecretarios de Previsión Social y Segpres, Claudio Reyes y Macarena Lobos, respectivamente; y el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías.
Los artículos aprobados se refieren a la creación de la nueva cotización extra de 8,5%, su tope imponible, y distribución. Las indicaciones, en tanto, abordan 8 de los puntos mencionados por el CFA en su análisis apuntando, entre otras cosas, a la gobernabilidad del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), la gradualidad del incremento de la cotización del 7% en función de la evaluación de recaudación de la Ley de Cumplimiento Tributario al cabo de tres años de su entrada en régimen, y autorizar al CFA para evaluar los aspectos fiscales derivados del Fondo Autónomo.
Al finalizar la sesión, el ministro Marcel comentó "solo para alentarnos: hoy salió una actualización de la clasificación de riesgo de la clasificadora Fitch, que mantuvo la calificación de riesgo de Chile y la perspectiva estable. Y cuando se refiere a las a los factores que pueden incidir positiva o negativamente en el futuro, entre las sensibilidades negativas, menciona el entrampamiento político sostenido que debilita la efectividad del Gobierno y la gobernabilidad. Entonces nos estamos haciendo cargo aquí en la práctica de neutralizar este este factor de riesgo negativo, dado que partimos hablando de riesgos en el día de hoy. En este caso, una cosa que es muy importante es que nuestro sistema político sea capaz de generar reformas estructurales que el país necesita".
En tanto, la ministra Jara destacó que en la sesión de la tarde de la Comisión se pudo avanzar en una "primera votación, que lo que hace precisamente es aprobar la nueva cotización del empleador". Agregó que "mañana vamos a continuar en esta Comisión, en sesiones de mañana y tarde. Es la idea, ojalá, poder despachar este proyecto de ley desde esa comisión, ya que después lo tiene que ver la Sala del Senado. Todos estos tiempos se van definiendo también al ritmo de la discusión. Nuestro interés como Ejecutivo era poder dar pasos significativos en esto y creemos que, de alguna u otra forma, con esta primera votación, se va avanzando".
Este viernes, la Comisión de Hacienda continuará el estudio del proyecto a partir de las 11.00 horas, en la sede del exCongreso Nacional, en Santiago.
Las indicaciones
En concreto, las indicaciones presentadas buscan modificar diez artículos e introducir uno nuevo transitorio. Así, el Ejecutivo introduce un nuevo inciso al artículo 30, en el que establece que el FAPP deberá incluir una estimación de los compromisos financieros que resulten de la aplicación de la garantía estatal; y reemplaza el artículo 35, 37, 41 y undécimo transitorio para abordar la nueva gobernanza del FAPP.
Este, según lo propuesto, deberá gobernarse por un Consejo Directivo compuesto con cinco integrantes designados por el Presidente de la República previo acuerdo del Senado, quienes durarán 6 años en sus cargos. En el nombramiento de los consejeros se deberá velar porque la conformación del Consejo Directivo sea paritaria, de manera que un sexo no supere al otro en más de uno, y equilibre los conocimientos y experiencia necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones y el ejercicio de las atribuciones del administrador del Fondo, en áreas tales como administración de cartera de inversiones, gestión de riesgos, regulación, sistema financiero, sistema de pensiones, macroeconomía u otras que se relacionen con aquellas.
Asimismo, se modifica el artículo 51, referido a los estudios actuariales que deberá realizar el Fondo, que permitan evaluar la sustentabilidad financiera del FAPP. En este caso, se añade que dicho informe deberá ser enviado al Consejo Fiscal Autónomo y este podrá emitir una opinión sobre los efectos fiscales derivados del estudio actuarial final y sus recomendaciones, advertir riesgos y proponer medidas de mitigación.
Por otra parte, se modifican los artículos 54 y 55, que apuntan a que si dicho informe concluyera que, para alguno de los años comprendidos en ese estudio, el Fondo Autónomo de Protección Previsional no será sustentable, el administrador del Fondo, en un plazo de dos meses, propondrá los ajustes al Seguro Social Previsional que sean necesarios para la sustentabilidad del Fondo, así como el periodo de implementación de dichos ajustes.
También introduce una nueva gradualidad para el incremento de la cotización por parte del empleador, en la medida que la evaluación externa sobre la ley N° 21.713, de Cumplimiento Tributario, dé cuenta de un menor efecto recaudatorio al esperado. En el texto despachado por la Comisión de Trabajo la transitoriedad quedó en nueve años, y con esta modificación se fijaría en once años.
Finalmente, se agrega un nuevo artículo transitorio, que da un plazo de 180 días desde la publicación de la Ley el ingreso de proyecto para modificar la gestión fiscal del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES) y el Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), con el fin de alcanzar una meta para el nivel en régimen para ambos fondos.