Veto presidencial a disposiciones del PDL de Simplificación Regulatoria relativas a humedales y recursos hídricos pasa al Senado
- Este veto se presentó por estimarse que algunas disposiciones requieren un estudio y discusión legislativa más acabada, a raíz de las aprensiones sobre sus efectos e implementación levantadas durante la tramitación, especialmente en las salas del Senado y la Cámara.
La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados votó este miércoles las observaciones del Presidente de la República al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica (Boletín N°17322-03), para suprimir tres disposiciones. Ahora pasará a tramitación en el Senado.
La supresión de las disposiciones vinculadas a Código de aguas fueron aprobados por 65 y 63 votos, mientras que la relacionada a humedales fue rechazada por 65 votos, aunque no logró quórum para la insistencia.
En lo que respecta a las disposiciones que se busca eliminar, estas modifican el artículo 67 del Código de Aguas, reemplazando la prohibición absoluta de la Dirección General de Aguas (DGA) para autorizar una nueva explotación en zonas de prohibición, a fin de que pueda autorizar o denegar fundadamente. Además, incluye otra norma que incorpora una autorización transitoria para el traslado de los puntos de captación de los derechos de aprovechamiento de aguas superficiales, de manera que no haya que esperar el pronunciamiento definitivo de la DGA para hacer uso de los derechos respectivos en el nuevo punto (nuevo artículo 163° bis Código de Aguas).
Respecto del primer punto se estimó que requiere un análisis técnico adicional que determine si la propuesta incrementa la presión sobre el acuífero protegido y evalúe, con datos fiables, la carga administrativa que representarían tales solicitudes para la DGA. Y en cuanto al segundo, se estimó que no se ha considerado cabalmente la complejidad que podrían representar las autorizaciones transitorias sin un mecanismo claro para revocarlas en caso de que no se conceda la autorización definitiva, sobre todo cuando ya realizaron obras, lo que eleva el riesgo de reclamaciones en contra de la DGA. La norma no define cómo fiscalizar estas autorizaciones, ni su destino, si la autorización definitiva se rechaza.
Para mantener la coherencia del proyecto de ley, dado que se busca la supresión de este artículo 33, el Ejecutivo pide eliminar también el inciso segundo del artículo segundo transitorio, agregado como complemento a dicho artículo, para establecer un plazo de seis meses a la DGA para la dictación de la resolución que regula el nuevo procedimiento de autorización transitoria.
En cuanto a los humedales, el veto busca suprimir el numeral 1 del artículo 22 del proyecto de ley, que modifica el artículo 41 de la Ley 21.600 que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), que en su tenor actual contiene una prohibición absoluta para la alteración física de humedales que constituyen sitios prioritarios, y respecto del cual la norma contenida en el proyecto exceptúa a las acciones o infraestructuras públicas necesarias para resguardar la seguridad de la población, la conectividad, la infraestructura hídrica de consumo humano y la conservación misma del humedal, que podrán realizarse previa autorización del mismo SBAP.
La ministra de Obras Públicas, Jessica López, precisó que "lo que queremos no es más incertidumbre sino muy por el contrario, más certezas. Todas estas precisiones van a significar mayores certezas para todos los proyectos y en particular, tenedores de derechos de agua. Va nuestro compromiso de presentar los proyectos de ley que se hagan cargo de esto en las comisiones técnicas respectivas, con el objeto de que podamos tener normas mucho más precisas que se hagan cargo de todos los impactos que estas normas generarán".
En esa misma línea, el ministro (s) del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, señaló que "reafirmamos la necesidad de conciliar la protección de los humedales con las obras ante situaciones de emergencia. Por eso nos parece importante legislar con tiempo necesario, con el debido análisis de las comisiones técnicas".
Por su parte, la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, explicó que durante la discusión en ambas cámaras se evidenció que la norma relativa a humedales prioritarios no resuelve íntegramente la regulación de la realización de intervenciones en ellos por parte del Ministerio de Obras Públicas. Tampoco armoniza las facultades del MOP y el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) en este ámbito, cuando entre en vigencia la Ley que crea este último servicio. Por ello se requiere de una revisión más profunda de la Ley SBAP, lo que debe desarrollarse en otro proyecto de ley, sujeto al análisis de la respectiva comisión técnica.
“Presentamos una argumentación clara respecto de las disposiciones a eliminar, para evitar que efectos indeseados pudiesen traducirse en mayores tiempos de tramitación de autorizaciones de obras, lo que terminaría yendo en contra del objetivo del proyecto de ley que las contiene”, resumió Berner.
Relevancia del proyecto de Simplificación Regulatoria
El proyecto de Simplificación Regulatoria y promoción de la actividad económica (Boletín N°17322-03) fue ingresado por el Ejecutivo al Congreso en enero de este año con urgencia de “discusión inmediata” y fue despachado a ley el 14 de mayo por la Sala del Senado, con el objetivo de clarificar el marco normativo aplicable a materias en que era urgente dar más certeza durante 2025, para impulsar la inversión, la productividad y la competitividad del país; así como optimizar los procedimientos administrativos asociados. Ello incluye medidas tales como:
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Extender la prórroga de las patentes municipales provisorias establecida en la Ley N° 21.353 (que vencieron en septiembre de 2024) y ampliar la regla general de vigencia de las patentes provisorias, desde uno a dos años, con posibilidad de una prórroga adicional de un año.
- Exceptuar de la aprobación previa de la DGA a proyectos de viviendas de interés público que afecten cauces artificiales, incluyendo la reconstrucción por los incendios de la Región de Valparaíso.
- Extender el beneficio de reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de transporte de carga, vencido el 31 de marzo de 2025, al 31 de diciembre de 2026.
- Reducir la tasa del Impuesto a la Renta para empresas bajo el Régimen pro-Pyme, desde el 25% fijado en el artículo 20 del artículo 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a 12,5% durante los años 2025, 2026 y 2027, y a 15% en 2028.
- Extender en 10 años el incentivo tributario a la inversión en investigación y desarrollo del artículo primero transitorio de la Ley N° 20.241 hasta 2035.
- Facilitar la ejecución de programas de reconstrucción en la Región de Valparaíso, con cargo al Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios.
Esta iniciativa forma parte del paquete priorizado por el Ministerio de Hacienda y se enmarca en una estrategia de mejoras regulatorias como la propuesta de Ley Marco de Permisos Sectoriales y las de modificaciones al Régimen de Concesiones Marítimas y a la Ley de Patrimonio Cultural.