Proyecto de ley para reducir y prevenir el sobreendeudamiento inició su tramitación en el Congreso
Esta iniciativa legal aborda cuatro ámbitos: establece nuevo programa de garantías para permitir el refinanciamiento de personas sobreendeudadas; regula el pago mínimo de las tarjetas de crédito; modifica la Ley de Fraudes e introduce modificaciones al Fondo de Garantías Especiales (Fogaes).
Respecto de las flexibilizaciones a los Fogaes de Construcción y Vivienda, la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner explicó: “Lo que se pretende con estas medidas es que los bancos tengan más garantías para financiar a un sector que consideran riesgoso y contribuir de esta forma a reactivar la construcción, que es una gran generadora de empleos y uno de los motores del crecimiento económico”.
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, expuso ante la Comisión de Hacienda del Senado el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento (Boletín 16.408-05), que fue anunciado por el ministro Mario Marcel el 6 de noviembre.
De esta manera, el proyecto inició su tramitación en el Congreso. Uno de sus principales objetivos es que las personas puedan disminuir parte de su carga financiera mensual, es decir, reducir los montos que destinan al pago de deudas.
Esta iniciativa legal, que podría beneficiar a 76 mil deudores, aborda cuatro ámbitos: modifica los dos programas vigentes del Fondo de Garantías Especiales (Fogaes); establece nuevo programa de garantías para permitir el refinanciamiento de deudas comerciales y de consumo de personas sobreendeudadas; regula el pago mínimo de las tarjetas de crédito; y modifica la Ley de Fraudes.
El programa entrará en vigencia con la publicación de la ley, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. En total se proyectan refinanciamientos por US$ 563 millones y un costo fiscal que bordearía los US$23 millones anuales, correspondientes a las garantías cobradas por las instituciones financieras ante el no pago de un refinanciamiento.
Impulso a la Construcción
El proyecto considera ampliar la cobertura del Fogaes para la Construcción para apoyar a esta industria e impulsar obras con fines públicos: Elimina el requisito de anotar ventas anuales por UF 100 mil para optar a esta garantía, y para proyectos con mandantes públicos no se considerará el tope de un millón de UF, pudiendo otorgarse boletas de garantía.
También aumenta el porcentaje de la garantía estatal en un 10% por tramo, quedando en 80% para el tramo de 100.000 a 600.000 UF y en 70% para el tramo de 600.000 a 1 millón de UF. Para el tramo que está por debajo de 100 mil se fija en 90% y para el que están por encima de 1 millón de UF, en 60%.
En el caso del Fogaes de apoyo a la vivienda, se amplía el plazo para solicitar garantías hasta el 31 de diciembre de 2024 (actualmente es abril 2024); y se permite a las mutuarias participar como entidades otorgantes de créditos en este programa
“Lo que se pretende con estas medidas es que los bancos tengan más garantías para financiar a un sector que consideran riesgoso y contribuir de esta forma a reactivar la construcción, que es una gran generadora de empleos y uno de los motores del crecimiento económico”, dijo Berner.
Personas sobreendeudadas y pago mínimo en Tarjeta de Crédito
El proyecto también propone crear un nuevo programa de garantías estatales que incentive el refinanciamiento de acreencias a personas con alto nivel de endeudamiento por parte de las instituciones financieras de las acreencias de personas que posean un alto nivel de endeudamiento.
Los beneficiarios deben tener una deuda total 6 veces superior a sus ingresos mensuales si no tienen crédito hipotecario; y 70 veces superior si cuentan con éste. Además, las personas con ingresos mensuales inferiores a $1.500.000 brutos, podrán refinanciar la parte de sus deudas de consumo y comerciales que no excedan de 160 UF (aproximadamente $5.850.000 a la UF al cierre de noviembre), con una mora máxima de 90 días.
El Estado garantizará el 50% de la deuda refinanciada durante cuatro años. No podrán acceder a este programa aquellas personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
En la revisión de la situación de endeudamiento de personas y familias, se detectó un incremento en el financiamiento a través del pago mínimo (o incluso menos) de tarjetas de crédito, la forma más costosa de endeudamiento del mercado —sin considerar la amortización del capital insoluto y otros cargos propios del uso de tarjetas de crédito como medio pago—.
Lo anterior, puede impactar negativamente en las finanzas de los consumidores ya que, junto con aumentar el tiempo para pagar la deuda, suben los costos totales del crédito y la probabilidad de morosidad. Adicionalmente, se detectó una cierta anomalía regulatoria, puesto que la regulación del pago mínimo de tarjetas de crédito reside actualmente en el y no en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el regulador de este mercado.
En ese contexto, el Ejecutivo propone trasladar desde el Reglamento de Información de Tarjetas de Crédito Bancarias y No Bancarias a la CMF, para que ésta determine el monto mínimo que deberán pagar periódicamente los deudores pudiendo de tarjetas, estableciendo situaciones excepcionales en que las entidades podrán liberar a los deudores de la obligación del referido pago mínimo.
Modificaciones a la Ley de Fraudes
La Ley de Fraudes también sufrirá modificaciones, principalmente por el fuerte aumento en la cantidad de reclamos y transacciones no reconocidas por los clientes financieros. Los reclamos se han triplicado, pasando de 14.000 a 42.000 al mes; y las transacciones reclamadas se multiplican por cinco, de 60.000 a 310.000 mil al mes.
Se propone que los emisores de tarjetas puedan pedir a sus clientes, al momento de denunciar un fraude, la suscripción de una declaración jurada simple, indicando el monto reclamado y el medio a través del cual se realizó el fraude, como medida de desincentivo a desconocer operaciones efectivamente realizadas o autofraudes.
También se propone facultar a la CMF para definir, a través de una Norma de Carácter General, estándares mínimos de seguridad, autenticación y registro, con el objeto de mejorar las medidas de seguridad de la industria, y monitorearlas constantemente conforme al avance de la tecnología y comisión de delitos.
Además, se propone aumentar de 5 a 10 días hábiles el plazo para la restitución, a fin de permitir una oportuna revisión de los antecedentes y recopilar aquellos que eventualmente resulten en una judicialización en casos de dolo. Respecto del monto a restituir (actualmente fijado en UF 35), se propone trasladarlo de la ley a un reglamento emitido por el Ministerio de Hacienda, previo acuerdo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que defina los umbrales de restitución para que pueda ajustarse de manera más expedita y periódica el monto y establecerse criterios distintos atendiendo al canal o vía del fraude.
Asimismo, se establece un catálogo de presunciones de dolo o culpa grave que incluye transacciones realizadas entre cuentas del mismo titular, abiertas con anterioridad a la operación desconocida; transacciones en que el usuario haya reconocido, expresamente, que entregó sus claves voluntariamente a terceros, a sabiendas de que podrán ser usadas para giros o transacciones; y una hipótesis de reiteración para casos de personas con condenas anteriores por autofraude.